El pasado día 4 de Diciembre se dio a conocer, por fin,
la sentencia de las horas extras dictada
por el Tribunal Supremo.
Esta sentenci, viene a decir lo mismo que la sentencia del
Tribunal Supremo del 21 de febrero de 2007:
"la
hora ordinaria no se satisface únicamente con el salario base, sino
también con todos los complementos salariales que integran el salario
ordinario", quedando excluidas: “las
indemnizaciones o suplidos, las prestaciones e indemnizaciones de
seguridad social y las indemnizaciones correspondientes a traslados,
suspensiones o despidos”.
Esto viene a decir que para
calcular el valor de la hora extra, se deben incluir todos los
conceptos que conforman el salario (salario base, complementos
personales, de vencimiento superior al mes y de residencia en Ceuta y
Melilla, en su caso), menos los pluses de vestuario y de transporte
que, al ser considerados en el artículo 66-apartado 5 del Convenio como
indemnizaciones o suplidos, no tienen la consideración de salario.

Pulsa en Leer más para conocer las valoraciones de los principales sindicatos.
USO:
Valoración de la sentencia de las horas extras.
CCOO:
Información Sentencia TS de fecha 4 de Diciembre de 2009 Seguridad Privada (Horas Extraordinarias).
UGT:
Sentencia del Tribunal Supremo.
SPV:
Sentencia del T.S. sobre el precio de las horas extras.
Alternativa Sindical:
Resolución del Supremo, la esperada.
ATES:
Sentencoia sobre las horas extraordinarias.
CSI-CSIF:
Valoración sentencia del TS sobre el precio de las horas.
Fuente: www.vigilantes2008.com